Política de Apartados y Reservas Vicortech

Política de Apartados y Reservas 

 

1. Objeto y Naturaleza del Contrato

1.1. El proceso de Apartado (o reserva) es un acuerdo contractual por el cual Tienda Vicortech SRL se obliga a reservar y retirar de la venta un producto específico (denominado "Artículo Apartado"), y el Cliente se obliga a adquirir dicho artículo en el plazo y las condiciones de pago convenidas.

1.2. Todo Artículo Apartado será especificado de forma exacta y detallada (marca, modelo, versión, color, etc.) al momento de formalizar el apartado. El Cliente reconoce que el acuerdo se refiere únicamente a las características especificadas.

1.3. Los montos entregados inicialmente son considerados abonos al precio total de compra y sirven como garantía de cumplimiento del Cliente.


2. Condiciones del Apartado y Plazo de Vigencia

2.1. Monto Mínimo de Abono: Se establece un abono inicial mínimo de 20% del valor total del Artículo Apartado.

2.2. Plazo de Vigencia: El apartado tendrá una vigencia máxima de 3 meses naturales contados a partir de la fecha del primer abono (la "Fecha de Inicio"). El saldo pendiente debe ser cancelado totalmente antes de la fecha de vencimiento.

2.3. Incumplimiento del Plazo: En caso de que el Cliente no cancele el saldo total dentro del plazo establecido en el punto 2.2, el contrato se considerará incumplido por el Cliente, dando derecho a la aplicación del punto 4.


3. Falsedad, Defectos, y Cambios por Preferencia

3.1. Garantía de Calidad (Ley 7472): Tienda Vicortech garantiza que el Artículo Apartado será entregado en perfectas condiciones y libre de defectos, conforme a la garantía establecida en la Ley N.° 7472. Si se demostrara un defecto o vicio oculto al momento de la entrega o dentro del plazo de garantía, se aplicarán las soluciones legales 

3.2. Firmeza del Apartado (No Cambio por Gusto): Una vez formalizado el apartado, no existe obligación de parte de Tienda Vicortech de aceptar cambios del modelo, versión o características del Artículo Apartado, si la solicitud se debe únicamente a un cambio de preferencia o gusto del Cliente, o de terceros no compradores. El Artículo Apartado fue reservado o, de ser necesario, adquirido exclusivamente con base en la solicitud inicial y expresa del Cliente.

3.3. Solicitudes de Terceros: Las solicitudes de cambio, cancelación o modificación hechas por terceros que no consten como el comprador original o no presenten una autorización expresa y por escrito del Cliente, serán rechazadas.


 

4. Cancelación Unilateral e Incumplimiento

 

4.1. Incumplimiento y Cancelación: Se entenderá que el Cliente ha incurrido en Incumplimiento contractual y Cancelación Unilateral si: a) No realiza el pago total del saldo en el plazo establecido (Punto 2.2). b) Solicita voluntariamente la anulación del apartado. c) Se niega a recibir el Artículo Apartado que cumple con las especificaciones acordadas.

4.2. Retención de Abonos (Indemnización): En caso de Incumplimiento o Cancelación Unilateral por parte del Cliente (Punto 4.1), Tienda Vicortech queda legalmente facultada para retener los abonos realizados hasta la fecha, como indemnización por daños y perjuicios (cláusula penal).

4.3. Justificación de la Retención: La retención de los abonos se justifica por: * La inmovilización del artículo y la pérdida de oportunidad de venta a otros clientes. * Los gastos administrativos, operativos y de almacenamiento. * Especialmente si el artículo fue adquirido de forma exclusiva y no es de rotación rápida, causando una pérdida comercial directa a la tienda.



 

5. Disposiciones Finales

5.1. Aceptación: El Cliente que realiza un apartado y efectúa el primer abono declara haber leído y aceptado expresamente la presente Política de Apartados y las consecuencias de su incumplimiento.

5.2. Legislación Aplicable: Este contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de Costa Rica, en especial la Ley N.° 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y sus reglamentos. Cualquier disputa será sometida a los tribunales competentes de Costa Rica o a la Comisión Nacional del Consumidor.